BARCELONA BRUTA


Cuanto mas remuevo la mierda, mas mierda sale.....

viernes, 1 de septiembre de 2017

No se puede crear un sindicato de parados o excluidos sociales....


El derecho a fundar sindicatos, faceta del más amplio y general derecho a la «sindicación libre» reconocido en el artículo 28 de la Constitución de 1978, sólo puede ser legalmente ejercido por los trabajadores en activo, es decir, vinculados al empresario por contrato de trabajo, sin que pueda ser reivindicado por trabajadores en paro o en desempleo, subsidiado o no, según se declara en una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, que establece por primera vez una interpretación jurisprudencial de la Constitución en esta materia.
El Tribunal Supremo, que no niega el derecho del trabajado en paro a afiliarse al sindicato de su elección o a continuar en plenitud de derechos y deberes en el sindicato al que se afilió cuando tenía un contrato de trabajo, manifiesta que el artículo 28 de la Constitución («Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección»), «ha de ser entendido acomodándole a la concreta normativa que regula el ejercicio de tal derecho (fundar sindicatos), que, aunque libre, debe estar necesariamente ajustado a las exigencias legales que disciplinan su efectividad y que de manera inequívoca imponen el elemento profesional para la creación del sindicato».La anterior doctrina del Tribunal Supremo se contiene en una resolución por la que se rechaza la pretensión de un grupo de trabajadores en paro valencianos, de crear un sindicato denominado Trabajadores Parados de Valencia. Según los estatutos de este sindicato, serían miembros del mismo «los trabajadores en situación de paro o desempleo, subsidiado o no y los trabajadores que prestan sus servicios en empresas que legalmente hayan solicitado reestructuración de plantillas para la suspensión o. resolución de contratos de trabajo». Planteada por la vía rápida establecida en la ley de Protección Jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona, la demanda de los citados trabajadores fue inicialmente estimada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valencia y por la Audiencia Territorial de esta ciudad, pero el ministerio fiscal recurrió ante el Tribunal Supremo por entender que la ley no permite ampliar el derecho a crear asociaciones sindicales a los trabajadores que se encuentran en situación de paro o en crisis de trabajo.
El Tribunal Supremo constata, en primer término, que el principio de la profesionalidad es básico en la institución del sindicato, «hasta el punto de que se ha dicho que los sindicatos encuentran su razón de ser y su fin en la solidaridad profesional, por lo que el ejercicio del derecho de sindicación exige como presupuesto indeclinable el efectivo ejercicio de una actividad, pues los móviles asistenciales (protección a parados, jubilados, etcétera) siempre constituirán objetivos de menor rango que el más característico de la representación y defensa de los intereses de una determinada profesión».
«El principio de profesionalidad», continúa el Tribunal Supremo, «se traduce, cuando de trabajadores se trate, en la exigencia de que el sindicato habrá de asociar, en rigor, a los que lo sean por cuenta ajena y, por tanto, a personas ligadas al empresario por contrato de trabajo, aunque tal vínculo sea potencial por hallarse el interesado en situación de desempleo, pero siempre que esta circunstancia no se convierta en nota definitiva o requisito necesario para el ejercicio del derecho de sindicación.»
La conclusión del Tribunal Supremo es que la creación de un sindicato integrado únicamente por personas que se hallan en situación de inactividad laboral actual o inminente no está amparada por la Constitución, si bien estas personas «no quedan desprovistas de tutela legal, que pueden alcanzar plenamente permaneciendo en el sindicato al que se habían afiliado en la situación de trabajador activo».
Tambien en el siguiente:
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/libertad-sindical/libertad-sindical.htm

15 comentarios:

Unknown dijo...

http://www.diariocordoba.com/noticias/cordobalocal/nace-sid-primer-sindicato-discapacitados-espana_401687.html

Unknown dijo...

http://www.eldiario.es/madrid/Nace-Sindicato-Inquilinos-Madrid_0_642886494.html

Unknown dijo...

Las uniones de representación común o comúnmente llamadas "sindicatos" se pueden fundar cuando hay un grupo importante de personas con la misma característica laboral o económica en general. Jorge, el ser consumidor o usuario de un servicio te pone en el mismo escenario económico que los trabajadores o empresarios. Y mira aquí otro ejemplo de un sindicato de inquilinos, que son consumidores de alquiler privados: https://elpais.com/ccaa/2017/05/09/catalunya/1494318051_003451.html

Unknown dijo...

No sabes lo mucho que me alegro haber leído esa sentencia del tribunal supremo. Gracias por colocar ese post, porque ahora veo más claro el paso previo al sindicato y es el de reconocer jurídicamente la situación de usuario de servicios sociales como actividad económica no contributiva. Me explico...como el sector de los servicios sociales vive gracias a los usuarios pues la figura del consumidor de este sector, como no puede ser otra más que la del Usuario, convierte automáticamente, el tercer sector en una actividad económica y por lo tanto, sus actores, trabajadores y usuarios tienen personalidad jurídica propia, distinta y tienen derecho a la representación grupal para la defensa de sus derechos.

Unknown dijo...

Jorge, mira el siguiente artículo 2 de la Ley 26/1984, de 19 de julio. A los efectos de esta Ley, son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales, bienes muebles o inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan, suministran o expiden..... Has visto?? Cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes los producen, que en ese caso, Ayuntamiento, Càritas, Suara, San Juan de Déu serían los productores de este servicio y los usuarios, como destinatarios finales, serían los consumidores.

Unknown dijo...

Te pregunto una cosa, los estudiantes son productores o trabajadores? Pues no, son usuarios de un servicio, sea público o privado, h tienen sindicato y representaciones por todo el país. El Sindicato de Estudiantes es una organización estudiantil de España. Agrupa a estudiantes de los niveles de educación secundaria, bachillerato, formación profesional y universitario; tanto pública como privada concertada. Cuenta con unos 20 000 afiliados y mantiene una representación en el Consejo Escolar del Estado de 3 de 8 delegados de los alumnos.​ Fue fundada en 1986 por miembros de la organización en la actualidad denominada Izquierda Revolucionaria.

Unknown dijo...

Ahora entienden la necesidad de crear el Estatuto del Usuario de Servicios Sociales? Es el primer paso para reconocer la actividad económica como consumidor del Usuario de Servicios Sociales y su representación en comités de cada municipio y un consejo estatal. A eso hay que llegar con el sindicato.

Unknown dijo...

http://www.sindicatodeestudiantes.net

Unknown dijo...

Jorge, verás... Primero has de ver la necesidad, luego has de buscar soluciones existentes y en caso que no las hay, buscar, crear e inventar dentro de lo posible y con las posibilidades que ofrece la ley. La ley no está hecha para estancarse, provee herramientas para regular la convivencia a medida que la misma va cambiándose o modernizandose con el paso del tiempo. Y por último, has de creer en la posibilidad de hacerlo, porque si no crees de verdad y vaciles en el intento, nada podrás hacer realidad. Ahora bien, si esa realidad que no la has hecho, sabiendo que podría haber mejorado la vida de los demás, no se llevó a cabo por falta de fe....dime tú, ¿qué clase de personas necesitaría la sociedad para hacer de esto un lugar mejor, más seguro y más justo??

Jordi_Brasil dijo...

Estoy de acuerdo, en tu analisis, concuerda con la legislación existente, pero el mayor problema que encuentro es an la presentación de la documentación, los lamemos "funcionarios publicos" en su ignorancia no estan al corriente de los cambios y entorpecen toda operación.....La Sindica de Greugues ma ha contestado hace 3 dias sobre las denuncias de cvomedor Nava Meridiana/EuRest/compass Group, esta sobre el tema, y ha habido dos denuncias en Sindico Ribo por usuarios que se les negaba la entrada en CPA Zona Franca a pesar de los informes medicos......Creo que hay que iniciar los movilizaciones ya......sin esperar a tener todo en regla, el frio se acerca, los corruptos siguen con calefaccion en su casa, como plataformas o como comite de creacion o assamblea constituyebnte de sindicato....

Unknown dijo...

Te entiendo y todo irá en marcha, poco a poco. Hoy he publicado la primera app exclusivamente para personas en situación de calle. Es un mapa interactivo, se puede buscar por categoría, comedores, albergues, centros de día...ver como se llega, información práctica sobre horarios y también acceso a la guía San Egidio. Mírala, pruébala y difundela entre la gente de la calle. El LinkedIn de Google Play Store lo pongo aquí: https://play.google.com/store/apps/details?id=appinventor.ai_ace_spain83.SinHogarBCN

Unknown dijo...

E sea primera app en el mundo entero para personas sin hogar. Cuando buscas palabras como sin techo o sin hogar, solo te encuentras juegos estúpidos, apps de moda y seguros, éticos...es la primera vez que sale una de verdad para personas sin hogar. Pon en Play Store sin hogar Bcn y te la vas a encontrar.

Unknown dijo...

Hace dos días tuve un sabotaje con la aplicación RED Bcn Social. Me destruyeron el proyecto, trabajé 6 meses y me destruyeron el original si poder tener copias buenas. En los servidores de Google y en Play Store no puedes utilizarla. No deja entrar en las salas de chat para que las personas puedan hablar y sacará a luz lo que hay. Hace dos semanas, LinkedIn, e cerró la cuenta y me robó más de 20 artículos propios y docenas de publicaciones, me han dicho que tengo q ir por vía legal sino no me dan acceso a ello. Me atacan de por todos lo lados, es difícil la cosa. Hay personas a las que les molestan, is trabajos y no quieren que salga adelante. No puedo movilizatme ahora en la calle porque te ho vatios proyectos a media. Los reveses que me dieron,, atacaron bastante y no me deja timepo libre. Las páginas webs también sufren ataques DDOS, la bcnsocial.org es la más atacada. Menos mal que la empresa de hosting esta en Madrid y tienen en cuenta esa situación y hacen lo que pueden para mantener la web en línea. Tengo trabajo, pero si tú te relacionas con la gente en la calle, difunde mis proyectos entre ellos y el día que empecemos a movilizarnos, que tengan las cosas claras.

Unknown dijo...

Lo de de que los funcionarios entorpecen los procesos es verdad, vamos a tener que afrontar eso y más. El sector no quera perder poder y se opondrá. Se duro pero habrá que luchar porque es mejor perder luchando que perder sin hacerlo. Pero ante yodo hay que apostar por la victoria, hay que creer en ello.

Jordi_Brasil dijo...

Yo considero que el problema ya lo tenemos encima, y que hay que actuar de inmediato......la legalidad o no de un colectivo es una cosa pero la rabia, la impotencia de cada persona es real....hay que actuar ya......detener la regeneración de la piramide......